
El Ministerio de Transporte de Colombia está invitando a través de sus redes sociales a comentar el borrador del decreto ferroviario del país «Por el cual se sustituye el Título 4 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1079 de 2015, Único Reglamentario del Sector Transporte», dedicado al transporte férreo.
El borrador del decreto ferroviario, cuyo objeto es «reglamentar la prestación del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros, carga y mixto en todo el territorio nacional» está disponible para consulta y comentarios en la página web del Ministerio de Transporte, sección «Proyectos Actos Administrativos» desde el 9 hasta el 25 de enero de 2026.
El borrador, de 23 páginas, incluye el Capítulo 1: Disposiciones Generales, Capítulo 2: Autoridades Competentes, Capítulo 3: Servicio de Transporte Ferroviario, Capítulo 4: Habilitación, Capítulo 5: Surcos Ferroviarios, Capítulo 6: Permiso de Operación, Capítulo 7: Seguros, Capítulo 8: Tarifas, Capítulo 9: Condiciones de Seguridad Ferroviaria, Capítulo 10: Aspectos Generales en la Operación y la Prestación del Servicio, Capítulo 11: Disposiciones Finales.
El borrador publicado contiene, adicionalmente, el Anexo con el Formato Memoria Justificativa.
Puedes localizar visualmente el borrador del decreto ferroviario, para comentarios, como aparece en la imagen.



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